Se convoca la presentación de solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones durante la anualidad en curso, así como la comunicación resumen de éstas, por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, o las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas cuyo plazo de presentación para cada anualidad está contemplado en el Reglamento (UE) núm. 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Se convoca la presentación por parte de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas y las asociaciones de organizaciones de productores de las solicitudes siguientes:
a) Proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo.
b) Modificaciones de programas operativos y de dotación de fondo operativo para anualidades no comenzadas.
c) Dotación de fondo operativo.
d) Modificaciones de programas operativos durante la anualidad en curso.
e) Comunicación resumen de modificaciones de programas operativos durante la anualidad en curso.
Entidades beneficiarias:
a) Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, o entidades que hayan solicitado el reconocimiento como organizaciones de productores de frutas y hortalizas en virtud del artículo 4 del Real Decreto 533/2017, que presenten un proyecto de programa operativo cuyo periodo de aplicación se inicia en la anualidad 2019 y siguientes, así como de dotación del fondo operativo.
b) Las organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas que teniendo un programa operativo aprobado, soliciten la dotación del fondo operativo para la anualidad 2019 y siguientes.
c) Aquellas organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas que, disponiendo de un programa operativo aprobado, soliciten su modificación de anualidad no comenzada y de dotación del fondo operativo para la anualidad 2019 y siguientes.
d) Aquellas organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas que, disponiendo de un programa operativo aprobado, soliciten su modificación durante la anualidad en curso.
e) Las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas, o entidades que hayan solicitado el reconocimiento como asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas en virtud del artículo 16 del Real Decreto 532/2017, que presenten un proyecto de programa operativo parcial cuyo periodo de aplicación se inicia en la anualidad 2019 y siguientes.
f) Aquellas asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas que, disponiendo de un programa operativo parcial aprobado, soliciten su modificación para la anualidad 2019 y siguientes.
g) Aquellas asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas reconocidas que, disponiendo de un programa operativo aprobado, soliciten su modificación durante la anualidad en curso.
La presentación de las solicitudes se efectuará a través de la aplicación informática «Programas operativos de Andalucía (PROA)”, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
Importe máximo por beneficiario: no hay un importe máximo establecido para los solicitantes, el importe se establece en base a la admisibilidad de las acciones, actuaciones e inversiones y conceptos de gasto del fondo operativo aprobado y su correcta ejecución.
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 15 de septiembre de 2018
Sus comentarios
Seguir los comentarios: |